Cargando...
Por favor espere.

(0294) 442 2738

camara@bariloche.com.ar

Programa REPRO II: Inscripción y criterios de preselección

InicioNovedadesPrograma REPRO II: Inscripción y criterios de preselección
InicioNovedadesPrograma REPRO II: Inscripción y criterios de preselección
Programa REPRO II: Inscripción y criterios de preselección

Programa REPRO II: Inscripción y criterios de preselección

publicado en Novedades

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación estableció el plazo de inscripción para el Programa REPRO II entre los días 23 y 30 de marzo inclusive.

Asimismo, se aplicarán los siguientes criterios de preselección, respecto a las fechas de facturación y nómina de las empresas que quieran acceder al beneficio del Programa:

- Meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la AFIP: febrero de 2019 y febrero de 2022.

- Altas empresas: No se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1º de enero de 2019.

- Mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia: febrero de 2022.

- Corte de actualización de bajas de nómina: 21 de marzo inclusive.

- Corte de actualización CBU: 21 de marzo inclusive.

En relación al “Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Críticos”, el plazo de inscripción es el mismo mencionado anteriormente y los criterios de preselección son los siguientes:

- Presentar una reducción de la facturación superior al 30% en términos reales, para el periodo comprendido entre febrero de 2019 y febrero de 2022.

- Periodo de referencia de pagos a acreditar:

  • Autónomos: de 07/2021 hasta 1/2022
  • Monotributo: de 08/2021 hasta 02/2022

-Corte de pago Monotributistas: pagos hasta el 21 de marzo inclusive.

 Por último, para el Programa de Asistencia Extraordinaria al Sector Hotelero en Zonas y Localidades Turísticas afectadas, el plazo de inscripción también es entre los días 23 y 30 de marzo inclusive bajo los siguientes criterios de preselección:

- Meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la AFIP: febrero de 2019 y febrero de 2022.

- Altas empresas: No se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1º de enero de 2019.

 - Mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia: febrero 2022.

- Corte para la actualización en el SISTEMA SIMPLIFICACIÓN REGISTRAL (AFIP) del domicilio del sujeto empleador (domicilio de explotación) en el que la trabajadora o el trabajador desarrolla la actividad laboral: al 21 de marzo inclusive.

- Corte de actualización CBU: 21 de marzo inclusive.

La medida fue publicada mediante la Resolución 287/2022, hacer click aquí.

22 03, 22